Indecopi multa a Wong por exigir datos no permitidos en su libro de reclamaciones virtual

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La cadena de supermercados Wong exigía datos adicionales no contemplados por la ley, como una declaración jurada y una dirección física. ¿De cuánto fue la multa? Sepa los detalles aquí.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso una multa de más de S/13,375 a Wong, debido a que la cadena de supermercados solicitaba a los usuarios datos adicionales no contemplados en la legislación vigente al utilizar su libro de reclamaciones en formato virtual.

La empresa estableció requisitos que excedían lo legalmente permitido, dificultando innecesariamente que los consumidores puedan registrar sus quejas de manera efectiva. La Asociación de Consumidores y Usuarios del Perú (ASPEC) informó sobre estas prácticas, denunciando que dichas exigencias representaban obstáculos injustificados para los usuarios.

Además de la multa, Indecopi ordenó a Wong corregir sus procedimientos y eliminar las exigencias que no estaban en línea con la normativa. La autoridad instó a la empresa a modificar su sistema de registro de reclamos, garantizando que los consumidores puedan presentar sus quejas sin condiciones adicionales que la ley no requiere, facilitando así un acceso transparente y sencillo al proceso.

Detalles de la multa y medidas correctivas a Wong

Wong, mediante su plataforma de libro de reclamaciones virtual, solicitó a los usuarios diversos datos no permitidos por la legislación, como el apellido materno, una dirección física y una declaración jurada que verificara la veracidad de los hechos y que el reclamante era titular del servicio. Tales requerimientos fueron considerados inapropiados y denunciados ante Indecopi por ASPEC, quien afirmó que estas solicitudes impedían o dificultaban el registro de reclamos.

Tras la investigación realizada por la Comisión de Protección al Consumidor, se concluyó que algunas de las solicitudes de Wong no atendían a los requisitos legales, pues la normativa solo permite la recopilación de uno de los datos de contacto, ya sea el domicilio físico o el correo electrónico. La sanción busca fortalecer la protección a los consumidores y asegurar que los registros de reclamaciones se ajusten a lo establecido por la ley.

Tras la denuncia presentada, la Comisión de Indecopi emitió la Resolución Final N° 187-2025/CC2, en la que se sancionó a Wong por no cumplir con la normativa vigente para el registro de reclamos. En concreto, además de la multa de 2.5 UIT (equivalente a S/13.375), la empresa recibió la orden de eliminar la obligación de consignar de manera obligatoria tanto una dirección física como un correo electrónico para registrar un reclamo en su plataforma virtual.

Wong también fue amonestada por exigir una declaración jurada que acreditara la veracidad de los hechos y la titularidad del servicio reclamado, lo cual va en contra de lo establecido por la normativa vigente. Además, Indecopi ordenó que la cadena de supermercados pague S/36 por costas procesales a favor de la Asociación de Consumidores del Perú, y dispuso que se entregue a esta organización un incentivo equivalente al 4% de la multa impuesta, es decir, S/535.

Pronunciamiento de Wong tras sanción del Indecopi

La resolución será inscrita en el Registro de Infracciones y Sanciones de Indecopi, lo que formalizará su condición de sanción oficial contra Wong. A través de un comunicado enviado a La República, la cadena de supermercados se pronunció sobre la medida impuesta por Indecopi debido a los requisitos no permitidos solicitados en su Libro de Reclamaciones virtual.

«Somos respetuosos de las decisiones emitidas por las autoridades y cumplimos con las disposiciones establecidas. En relación a este caso, que fue iniciado el año anterior, ya hemos realizado los ajustes necesarios, conforme a lo indicado por la autoridad administrativa», señaló la cadena.

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