Samsung lleva a firma peruana ante Indecopi por presunta infracción de sus marcas

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En el sector tecnológico, las empresas compiten por el mercado y también defienden la identidad de sus marcas. En ese contexto, Samsung Electronics denunció ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a la empresa peruana LAJ Import & Export E.I.R.L. por una presunta infracción a sus derechos de marca. 

La disputa se inició el 21 de marzo de 2025, cuando Samsung Electronics presentó la denuncia ante el Indecopi. La compañía surcoreana señaló que una Alerta de Aduanas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) le permitió conocer la importación de un lote de auriculares inalámbricos ingresado mediante la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) N.° 118-2025-10-10-101586-00.

¿Cómo se originó esta controversia?

Según la denuncia, los empaques de los auriculares contenían códigos QR que dirigían, tras ser escaneados, a páginas donde figuraban las denominaciones Samsung, Galaxy y Galaxy Buds 3. Samsung indicó que estos signos están vinculados a su portafolio de marcas y consideró que esa situación podía generar una asociación con sus productos y afectar sus derechos marcarios. 

Ante ello, la multinacional pidió al Indecopi inspeccionar la mercancía y aplicar medidas cautelares para evitar que los productos fueran comercializados mientras se resolvía el caso. Samsung sustentó su solicitud en la presunta vulneración de sus marcas a partir del uso de los códigos QR incluidos en los empaques de los auriculares.

LAJ Import & Export cuestionó posteriormente las medidas cautelares ordenadas por la Comisión de Signos Distintivos. El 30 de abril de 2025, la empresa peruana presentó una apelación al considerar que la autoridad había realizado una valoración errónea de las pruebas presentadas por Samsung.

Los argumentos de la importadora

Entre sus principales cuestionamientos, LAJ Import & Export sostuvo que Samsung no había acreditado contar con exclusividad sobre la denominación Galaxy. La empresa argumentó que existen otras marcas registradas que también incluyen ese término dentro de sus denominaciones.

Asimismo, rechazó que los auriculares importados estuvieran identificados con los signos Samsung y Galaxy, por lo que negó que se hubiera producido una infracción a los derechos marcarios de la compañía surcoreana. También alegó que los productos involucrados debían considerarse genéricos y solicitó revocar las medidas cautelares.

La controversia avanzó el 23 de enero de 2026, cuando la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi declaró infundada la apelación presentada por LAJ Import & Export. La instancia confirmó las medidas cautelares dictadas en primera instancia, por lo que se mantuvieron la inmovilización, el cese de uso y el comiso de los auriculares ordenados el 27 de marzo de 2025.

Indicios evaluados por Indecopi

Al revisar el caso, la Sala concluyó que Samsung acreditó la titularidad de las marcas invocadas y que existían indicios suficientes para presumir una posible infracción. Entre los elementos considerados figuraron los códigos QR impresos en los empaques, que conducían a páginas donde aparecían las denominaciones Samsung y Galaxy Buds 3.

La Sala Especializada en Propiedad Intelectual confirmó las medidas cautelares solicitadas por Samsung y consideró que un código QR que dirige a una página donde aparece una marca puede constituir uso del signo. No obstante, el pronunciamiento del 23 de enero de 2026 no determinó si LAJ Import & Export infringió los derechos marcarios de Samsung, por lo que el procedimiento continúa pendiente de una decisión definitiva.

El procedimiento principal continuará en el Indecopi, que deberá analizar los argumentos y pruebas de ambas partes para determinar si LAJ Import & Export vulneró los derechos marcarios de Samsung. Mientras se resuelve el fondo de la controversia, las medidas cautelares permanecerán vigentes.

Samsung Perú sostuvo al diario Gestión que el Indecopi determinó en primera instancia que LAJ utilizó sus marcas sin autorización en productos que podían generar confusión sobre su origen. La empresa indicó que esta decisión fue apelada, proceso que dijo respetar, y afirmó que continuará protegiendo sus marcas y a los consumidores frente a prácticas que puedan inducir a error.

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