Las municipalidades tienen la obligación de fiscalizar y sancionar las infracciones dentro de su jurisdicción. Sin embargo, esa facultad no es ilimitada. Cuando una autoridad impone multas, clausuras o medidas administrativas sin respetar el debido procedimiento o excediendo las competencias que la ley le otorga, se abre el debate sobre posibles abusos de poder.
En los últimos años, diversas resoluciones judiciales y constitucionales han puesto en cuestión actuaciones de la Municipalidad de San Isidro, evidenciando que ninguna entidad pública está por encima de la Constitución ni de los derechos de los ciudadanos.
El principio de legalidad: la autoridad no puede inventar sanciones
En un Estado de derecho, toda sanción debe estar sustentada en una norma válida y aplicarse respetando el debido proceso. La Constitución y la Ley del Procedimiento Administrativo General establecen que ninguna autoridad puede imponer multas o medidas restrictivas fuera de las competencias expresamente otorgadas por la ley.
El Tribunal Constitucional ha reiterado que el debido procedimiento administrativo es una garantía fundamental para los ciudadanos frente al poder del Estado. Esto implica que toda sanción debe ser emitida por una autoridad competente, estar debidamente motivada y permitir el ejercicio del derecho de defensa.
Casos que llegaron al Tribunal Constitucional
Uno de los casos más conocidos involucró una multa y la paralización de una obra inmobiliaria. El Tribunal Constitucional concluyó que la Municipalidad de San Isidro actuó sobre un predio que pertenecía a otra jurisdicción distrital, vulnerando el derecho al debido procedimiento administrativo. Como consecuencia, la sanción fue anulada.
Asimismo, el máximo intérprete de la Constitución ya había sancionado anteriormente a la Municipalidad de San Isidro por desacatar criterios constitucionales relacionados con cobros municipales, señalando que la autoridad no puede desconocer decisiones vinculantes emitidas por el propio Tribunal Constitucional.
¿Recaudación o fiscalización?
Para muchos vecinos y empresarios, existe la percepción de que algunas municipalidades utilizan las multas como mecanismos de recaudación antes que como herramientas de ordenamiento urbano. Cuando las sanciones se multiplican, las observaciones son interpretadas de manera extensiva o se aplican criterios cuestionables, surge la sensación de arbitrariedad.
La fiscalización es necesaria, pero debe ejercerse dentro de límites claros. Una municipalidad no puede crear infracciones de facto ni interpretar las normas de manera que termine afectando derechos fundamentales o competencias que corresponden a otras entidades del Estado.
El derecho de los ciudadanos a defenderse
Frente a una multa o sanción que se considere injusta, los ciudadanos tienen derecho a presentar descargos, recursos de reconsideración y apelación. Cuando la administración vulnera derechos fundamentales, incluso es posible acudir al Poder Judicial o al Tribunal Constitucional.
La experiencia demuestra que las decisiones municipales no son intocables. Varias sanciones han sido anuladas por carecer de sustento legal o por haber sido emitidas por autoridades sin competencia suficiente para hacerlo.
Reflexión final
La autoridad municipal es indispensable para mantener el orden y la convivencia urbana, pero su poder debe ejercerse dentro del marco legal. Cuando una municipalidad impone sanciones fuera de sus competencias o sin respetar el debido proceso, deja de actuar como garante del orden y corre el riesgo de convertirse en una fuente de arbitrariedad.
La verdadera fortaleza de una gestión municipal no se mide por la cantidad de multas que impone, sino por su capacidad para fiscalizar con justicia, transparencia y respeto a los derechos de los ciudadanos.
Redacción Leo Benavente Ibañez












