La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi, mediante la Resolución N.º 033-2026/CCD-Indecopi, sancionó a Bitel con más de S/51.000 por una campaña publicitaria dirigida a estudiantes universitarios. La promoción ofrecía un descuento del 50% en planes postpago bajo la promesa de mantenerse durante todos los años de estudios. El caso se originó tras una denuncia de América Móvil (Claro), que cuestionó el alcance real del mensaje difundido en distintas plataformas.

El procedimiento evaluó la campaña publicitaria difundida tanto en medios digitales como en activaciones presenciales en universidades. Según la investigación, el mensaje generaba en los consumidores la expectativa de un beneficio válido durante toda la etapa universitaria. Sin embargo, se determinó que el descuento real solo tenía una vigencia de seis meses. Esta diferencia fue considerada sustancial por la autoridad.
Indecopi sanciona a Bitel por publicidad engañosa
El análisis del Indecopi concluyó que las piezas difundidas no consignaban de forma clara la vigencia ni las restricciones de la promoción. Esta omisión resultó relevante al tratarse de una campaña dirigida a un público joven altamente expuesto a publicidad digital. El mensaje reforzaba una expectativa de beneficio prolongado que no correspondía a las condiciones reales.
Asimismo, se verificó que la campaña tuvo amplia difusión en redes sociales como Instagram, Facebook y TikTok. A ello se sumaron activaciones presenciales en distintos centros de estudio, lo que incrementó significativamente el alcance del mensaje. Esta estrategia contribuyó a consolidar la percepción de un beneficio extendido entre los usuarios.
Indecopi detalla multa y medidas contra Bitel
Como resultado del procedimiento, el Indecopi impuso una multa principal de 5.59 UIT por actos de engaño. A ello se sumaron sanciones adicionales por cinco piezas publicitarias específicas, con montos de 1.02 UIT, 0.74 UIT, 0.60 UIT, 0.59 UIT y 0.74 UIT, respectivamente. En conjunto, las multas alcanzaron un total de 9.28 UIT, equivalente a aproximadamente S/51.040.
Además, se ordenó la inscripción de Bitel en el Registro de Infractores del Indecopi y el cese inmediato de la campaña cuestionada. La medida incluye la prohibición de difundir anuncios sin información clara sobre vigencia, condiciones y restricciones. La resolución también dispone el retiro definitivo de las piezas observadas.
La resolución corresponde a la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi, en primera instancia administrativa. Por ello, no agota la vía administrativa y puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi. Esta instancia constituye la segunda y última etapa del proceso administrativo.












