Indecopi resolvió una disputa clave que enfrentó a un emprendedor local contra la multinacional Puma, otorgando el registro de la marca IT’S WOLF. La marca peruana está destinada a distinguir prendas de vestir, calzado y sombrerería dentro del sector retail. La decisión, emitida en segunda y última instancia administrativa por la Sala Especializada en Propiedad Intelectual (SPI), concluyó que el signo local no generaba riesgo de confusión con el icónico felino de Puma.
De esta manera, el organismo regulador peruano desestimó la oposición presentada por la compañía alemana, que alegaba que el diseño intentaba imitar su figura deportiva. El caso administrativo se inició el 28 de diciembre de 2022, cuando el peruano José Antonio Mendoza Chávez solicitó registrar la marca mixta It’s Wolf y su logotipo.

La propuesta incluía la silueta de un lobo junto a la denominación en idioma inglés, usando colores negro y rojo. En respuesta, Puma SE interpuso una oposición formal en febrero de 2023, buscando evitar dicho registro. La multinacional alemana alegó que el diseño representaba un animal con las patas extendidas y la cola en ángulo, imitando así la figura de su felino en posición de salto.
Argumentos de oposición de Puma
La empresa deportiva alemana resaltó que es titular de una marca notoria reconocida tanto a nivel internacional como en la Comunidad Andina. Puma argumentó que el nuevo signo peruano reproducía la postura de un animal saltando, con las patas extendidas y la cola levantada, lo que podría inducir a error a los consumidores. Alegó también que dicho registro podía provocar un aprovechamiento indebido de su prestigio y, además, debilitaba la fuerza distintiva de su logotipo.
La multinacional incluso sugirió que el intento de registrar elementos similares respondía a un presunto acto de mala fe por parte del solicitante. La defensa del empresario peruano sostuvo consistentemente que la representación gráfica correspondía a un lobo y no a un puma, y que la denominación en inglés generaba un concepto claramente diferenciado.
Tras el análisis, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual (SPI) determinó que existían diferencias notables en la fonética, la gráfica y la concepción de ambos signos. La resolución consignó que, si bien distinguen productos vinculados, los signos resultan «diferentes fonética, gráfica y conceptualmente». El tribunal descartó la alegación de imitación de marca notoria.
Cierre definitivo del expediente
El organismo peruano determinó que la silueta del lobo de It’s Wolf no vulnera los derechos de autor otorgados previamente a Puma, ni tampoco configura un acto de competencia desleal. En esa línea, se descartó la hipótesis de mala fe atribuida inicialmente al solicitante peruano. En su parte resolutiva, Indecopi señaló que el signo solicitado no se encuentra incurso en las prohibiciones legales, por lo que correspondía revocar la decisión apelada previamente.
«En virtud de lo señalado en los numerales precedentes, se determina que el signo solicitado no se encuentra incurso en la prohibición prevista en el artículo 136 incisos a) y h) de la Decisión 486; por lo que, corresponde revocar la decisión apelada y otorgar el registro del signo solicitado, al no verificarse ninguna de las causales de irregistrabilidad invocadas», estableció Indecopi.
De esta manera, el registro de It’s Wolf fue concedido por un periodo de 10 años dentro de la clase 25, según la Resolución N° 1250-2025/TPI-INDECOPI emitida en septiembre de 2025. La conclusión es que las diferencias entre la figura de un lobo y la de un puma son suficientes para garantizar la coexistencia de ambas marcas en el mercado.












