La disputa por las marcas es una realidad poco visible para el público, pero frecuente en el ámbito empresarial global. Se trata de conflictos complejos que suelen involucrar a grandes compañías y que se resuelven tras procesos largos en instancias administrativas y judiciales. En ese contexto, el caso entre Gloria y Nestlé se convirtió en uno de los más representativos en el Perú.
La controversia se originó en mayo de 2017, cuando Gloria solicitó ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) el registro de la marca “Pure Life” para la clase 32. Esta categoría comprende bebidas como aguas minerales, gaseosas, jugos y otras preparaciones sin alcohol. A partir de ese pedido se activó un conflicto internacional cuando Nestlé presentó una oposición desde Suiza.
El origen del conflicto por la marca “Pure Life”
Nestlé formalizó su oposición el 1 de agosto de 2017 alegando que ya tenía derechos previos sobre la denominación “Pure Life”. La empresa sostuvo que había iniciado acciones de cancelación sobre registros anteriores en el Perú, lo que le otorgaba un derecho preferente. A ello sumó la aplicación de la Convención de Washington de 1929 como sustento jurídico internacional, señalando que este tratado permite oponerse al registro de marcas en un país cuando ya existen registros previos en otro Estado miembro.
Desde su posición, la multinacional suiza afirmó que ya era titular de la marca “Pure Life” en Estados Unidos desde años anteriores. Bajo ese argumento, señaló que no era posible que un tercero registre la misma denominación en otro país para productos idénticos. Además, indicó que Gloria, por su presencia en el mismo sector, conocía o debía conocer la existencia de esos registros.
La posición de Gloria y la decisión administrativa inicial
Gloria respondió en septiembre de 2017 rechazando los argumentos de Nestlé y defendiendo su solicitud ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). La empresa sostuvo que ya contaba con derechos previos sobre la marca en las clases 29 y 30, relacionadas con alimentos. Bajo esa lógica, consideraba válido extender la protección hacia la categoría de bebidas.
En diciembre de ese año, Indecopi suspendió temporalmente el procedimiento mientras resolvía otros expedientes vinculados al mismo signo. Sin embargo, en julio de 2018 la Comisión de Signos Distintivos reactivó el análisis del caso. Tras evaluar los argumentos de ambas partes, concluyó que la oposición de Nestlé no tenía sustento suficiente.
El giro del caso en segunda instancia
Nestlé apeló en agosto de 2018 ante la Sala de Propiedad Intelectual de Indecopi, insistiendo en sus argumentos sobre prioridad internacional. En febrero de 2019, la Sala revisó el fondo del caso y cambió el criterio adoptado en primera instancia. Reconoció que Nestlé sí tenía registros de “Pure Life” en Estados Unidos desde 2005.
La Sala también determinó que existía coincidencia en la denominación de las marcas en disputa, al tratarse del mismo signo utilizado para distinguir productos de la clase 32. Además, concluyó que Gloria podía conocer razonablemente esos registros internacionales debido a su actividad en el mismo mercado. Con ello, revocó la decisión previa y denegó el registro solicitado.
La batalla judicial y el desenlace final
Frente a esta decisión, Gloria llevó el caso al Poder Judicial mediante una demanda contencioso-administrativa. En septiembre de 2022, el juzgado de primera instancia declaró infundada la demanda, respaldando lo resuelto por Indecopi. Sin embargo, el caso volvió a cambiar en junio de 2024 cuando una sala superior anuló parcialmente esa decisión.
El tribunal ordenó que se emita un nuevo pronunciamiento conforme a sus criterios, reabriendo la evaluación del caso. Posteriormente, la Corte Suprema declaró improcedente el recurso de casación presentado por Indecopi en enero de 2026. Con ello, quedó firme la decisión judicial favorable a Gloria.
Finalmente, en mayo de 2026, Indecopi ejecutó el fallo y otorgó el registro de la marca “Pure Life” a Gloria para la clase 32. La autorización fue concedida por un plazo de diez años renovables, cerrando así una disputa empresarial que se extendió por casi una década. El caso quedó como un referente en controversias internacionales de propiedad marcaria.












